Base Jurídica

La Reserva Forestal Fortuna fue demarcada mediante la Ley No. 18 del 9 de abril de 1976, por la cual se dictan medidas sobre el Proyecto Hidroeléctrico Fortuna, y fue declarada como tal por Decreto Ley No. 68 del 21 de septiembre de 1978.

En su momento, la construcción, protección y funcionamiento del Proyecto Hidroeléctrico Fortuna fue declarado como de interés social urgente, así como el uso adecuado de las zonas impactadas por esta central, las cuales hoy son tierras nacionales e inadjudicables como parte del Patrimonio Forestal del Estado.

 

Desde el establecimiento de esta Reserva Forestal, su administración, ordenamiento, manejo y desarrollo estuvo a cargo de la Dirección General de Recursos Naturales Renovables del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, obligaciones que fueron transferidas mediante la ley 21 del 16 de diciembre de 1986, al Instituto de Recursos Naturales Renovables, institución precursora del actual Ministerio de Ambiente. Así mismo, el Instituto de Recursos Hidráulicos y Electrificación tenía la obligación de asignar una suma regular en su presupuesto anual para coadyuvar con el plan de administración de los recursos naturales del área.

Desde la privatización del IRHE en 1998, la custodia de la Reserva de Fortuna fue heredada por la empresa operaria de la hidroeléctrica. Actualmente existe un convenio con el Instituto Smithsonian de Investigaciones Tropicales para la vigilancia de esta reserva, el cual está vigente hasta el año 2018.

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Enel Green Power
Reserva Forestal Fortuna
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